Traducción jurada, cláusulas de fehaciencia

Nuestra Agencia se encarga de traducir y legalizar (con cláusula de fehaciencia) documentos públicos y privados. Después de redactar la traducción especializada, sellamos cada página y añadimos una cláusula de fehaciencia al documento, certificando que la traducción concuerda fielmente en su contenido e interpretación con el texto original.
El gran cuidado con el que elaboramos cada documento certificado se consigue mediante la revisión, corrección y legalización de las traducciones. El precio de legalización corresponde al 50% del precio de la traducción.
Las traducciones legalizadas se elaboran principalmente a partir de documentos originales. Por ello rogamos al cliente nos los haga llegar personalmente o por correo.

Nuestra Agencia también está autorizada para la traducción jurada de certificaciones del Registro Mercantil, así como de escrituras públicas de modificación de datos registrales y otros documentos mercantiles. Por ello, resulta innecesaria la certificación ulterior por parte de OFFI.

Los documentos legalizados son comúnmente aceptados, como, por ejemplo, para trabajar o cursar estudios en el extranjero. Pero, antes de recurrir a nosotros, rogamos consulte a la entidad receptora.

En ciertos casos, resulta insuficiente la traducción legalizada de nuestra Agencia, y se necesita una traducción jurada. Por cuanto, según el Artículo 5 del Decreto 24 de 1986, de 26 de junio, del Consejo de Ministros, la Agencia Nacional de Traducciones y Legalizaciones (OFFI Zrt.) tiene competencia exclusiva, salvo disposición contraria de la ley, para elaborar traducciones juradas, legalizar traducciones y sacar copias autenticadas en idiomas extranjeros, nuestra Agencia se encarga de traducir los documentos objeto de traducción jurada, y de hacerlos autenticar por OFFI. Así libramos al cliente de los engorrosos trámites y, no en última instancia, le ahorramos tiempo y dinero.

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